1. SECTORES ECONÓMICOS
La complejidad y elevado número de actividades económicas plantea un grave problema al momento de describir la estructura productiva de una economía; por ello ha sido necesario elaborar una serie de acuerdos sobre el modo de agregar las actividades de forma que las magnitudes o sectores resultantes cumplieran a la vez con la función de simplificar el análisis y de dar una idea, lo más aproximada posible, de la realidad.
La división de sectores económicos más utilizada es la realizada por Colin Clark en 1930, atendiendo a la naturaleza de las actividades económicas. Clark distinguía entre Sector Primario, Sector Secundario y Sector Terciario. Posteriormente abandonó esta terminología por de Sector Agrícola, Industrial y de Servicios.
El peso de cada uno de los sectores suele expresarse por los porcentajes de población activa empleados en cada uno de ellos, o por su participación en el producto nacional. El estudio de la variación de estos dos factores en cada uno de los sectores económicos es un indicador válido para comparar los niveles de desarrollo de distintos países y para seguir su proceso de industrialización. En general, se observa que el desarrollo comporta una disminución del peso del sector primario en beneficio del secundario y del terciario.
El Sector Primario, parte de la actividad económica que comprende la agricultura, extracción minera, ganadería, bosques, pesca y caza. Se caracteriza por dedicarse a la obtención directa de bienes económicos sin realizar ningún proceso de transformación posterior.
El Sector Secundario se identifica con el sector de la industria manufacturera que transforma las materias primas provenientes del sector primario, para generar nuevos productos.
El Sector Terciario también llamado sector Servicios, reúne una amplia gama de actividades complementarias a las productivas, entre las cuales se destacan los servicios públicos, los servicios financieros, el comercio al por mayor y al por menor, el transporte, la educación, la construcción, la salud, la recreación, el turismo, los servicios de informática, hoteles, restaurantes, salas de cine, videos, entre otros.
Ahora se ha incorporado el Sector Cuaternario conformado por el sector Gobierno.
Todos los sectores interactúan entre sí a través del intercambio de recursos que sirven para dinamizar el crecimiento y desarrollo de la actividad económica.
2. FACTORES DE LA PRODUCCIÓN
Todo sistema económico pretende utilizar unos recursos escasos, combinándolos y transformándolos de forma que puedan ser consumidos y produzcan satisfacción a las personas. La combinación y transformación de los recursos escasos es lo que se denomina proceso productivo. Los procesos productivos no solo tienen lugar en las empresas, sino en cualquier lugar donde se utilicen unos factores o recursos y se obtenga de ellos un bien o un servicio que satisfaga necesidades.
La determinación de cuáles son los factores de producción ha sido motivo de controversia. En el Siglo XVIII los economistas Turgot y Cantillón sostenían que las fuentes de riqueza, es decir los factores de producción en el lenguaje actual, eran la tierra y el trabajo. Hacia la mitad del Siglo XIX se impuso la teoría de la tríada de factores de producción: Tierra, trabajo y capital. Este concepto resultaba atractivo porque reproducía la división de los individuos en terratenientes, obreros y capitalistas, que así resultaban ser los sujetos activos de cada uno de los factores de producción. De esta forma se justificaban las rentas, salarios y beneficios que percibían los terratenientes, obreros y capitalistas como retribución por su participación en el proceso productivo, al que aportaban la tierra, el trabajo y el capital. Esta división se utiliza aún en la enseñanza elemental de la economía debido a su simplicidad. Sin embargo, actualmente se reconoce que existe un sinnúmero de factores de producción y que además es difícil trazar líneas divisorias claras entre ellas. Algunos autores han incorporado como factores de producción a la administración y últimamente a la Tecnología, por su influencia directa en los procesos productivos, en la calidad, en el uso racional de los recursos, en la agilidad y en el mayor nivel de competitividad.
La tecnología ha dado en categorizarse en tecnología dura representada en la maquinaria y equipos, y tecnología blanda que son los programas o software empleados en los distintos procesos.
Por igual, se puede afirmar que la tierra se puede definir como inmóvil, pues no se puede transferir de un lugar a otro; mientras que con la mano de obra se daría una situación intermedia, a diferencia del capital y la tecnología que son completamente transferibles nacional e internacionalmente.
3. PRINCIPALES FENÓMENOS QUE AFECTAN LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y LA ECONOMÍA DE UN PAÍS-
3.1 LA INFLACIÓN
Es la pérdida del poder adquisitivo o de la capacidad de compra de una moneda al interior de un país. También se conoce como el incremento persistente y continuo en el nivel general de precios de los bienes y servicios que se comercializan al interior de un país. En Colombia el cálculo de este indicador lo realiza el DANE a través del IPC (Índice de Precios al Consumidor), empleando la llamada canasta familiar que contiene los bienes y servicios requeridos por una familia promedio para satisfacer sus necesidades básicas.
Actualmente el DANE establece el IPC mediante encuestas que realiza en la zona urbana de 24 ciudades del país: Bogotá; Medellín con Bello, Envigado e Itagüí; Cali y Yumbo; Barranquilla y Soledad; Bucaramanga con Floridablanca, Piedecuesta y Girón; Manizales y Villa María; Pasto; Pereira y Dosquebradas; Cúcuta, Los Patios, El Zulia y Villa del Rosario; Montería; Neiva; Cartagena, Villavicencio, Riohacha, Armenia, Quibdó, Sincelejo, Valledupar, Popayán, Ibagué, San Andrés, Santa Marta, Tunja y Florencia. A la vez, la canasta está dividida en nueve (9) grupos principales de bienes y servicios, a saber: Alimentos, vivienda, vestuario, salud, educación; Cultura, diversión y esparcimiento; transporte, comunicaciones y otros gastos, conformados a su vez por subgrupos. Por ejemplo, el grupo de alimentos comprende 10 subgrupos, destacándose: pan y cereales, carnes y sus productos, verduras frescas y verdes, yuca y otros tubérculos, entre otros. En cada subgrupo se incluye información mas detallada sobre ciertos artículos que tienen mayor impacto, como el caso de papa, yuca y plátano, en el subgrupo de otros tubérculos.
Al cierre del año 2008, la inflación fue del 7.67%. Al finalizar el año 2009, acumulada en los 12 meses del año, fue del 2%. Y al cierre del 2010 concluyó con el 3,17%. La Junta Directiva del Banco de la República, fijó la meta de inflación para el año 2009 en el rango entre 4.5% y 5.5%, con 5% como meta puntual para efectos legales. Así mismo, fijó en 4% el punto medio del rango-meta de inflación para el año 2010 y confía que en el 2011 la inflación estará en el rango-meta de largo plazo 3% +/- 1 punto porcentual, es decir entre el 2 y 4 %.
En economías inflacionarias como la colombiana al determinar la tasa de interés real (tasa de interés corriente descontando la tasa de inflación) a la que se pacta un crédito o a la que se colocan recursos en un depósito de ahorros o a término, se utiliza la siguiente fórmula:
(1 + Interés corriente) = (1 + interés real) (1 + inflación)
3.2 LA DEVALUACIÓN
Por devaluación se entiende la evolución de la paridad de la moneda nacional frente a algunas monedas fuertes, usualmente frente al dólar de los Estados Unidos. También se conoce la devaluación como la pérdida de poder adquisitivo o capacidad de compra del peso colombiano frente a una moneda extranjera. En el caso nuestro la devaluación se mide frente al patrón monetario internacional que es el dólar norteamericano. La devaluación se determina a través de la tasa representativa del mercado TRM y refleja la dinámica entre la oferta y la demanda de dólares norteamericanos en el mercado nacional. Diariamente, en las páginas económicas de los diarios de circulación nacional, se informa el comportamiento presentado por la TRM el día hábil anterior, indicando el precio de compra, el precio de venta y el precio promedio al que se transaron las diferentes operaciones.
La tasa de devaluación es la diferencia entre la inflación interna y la inflación externa; generalmente se compara con la tasa de inflación de los Estados Unidos. Para establecer la tasa de devaluación, relacionando las inflaciones interna y externa, se emplea la siguiente fórmula:
(Inflación interna - inflación externa)
Devaluación = --------------------------------------------- * 100
1 + inflación externa
A título informativo, sobre el comportamiento del precio del dólar, en Colombia, se destaca el hecho que al inicio del año 2008, por un dólar se pagaban $2.014, mostrando una revaluación que lo llevó hasta un mínimo de $1.652,41 el 19 de junio, el mismo de mediados de 1999, para luego devaluarse ubicándose en $2.243.59 al cierre del 31 de Diciembre de 2008, significando una devaluación del 11,4% en lo corrido del año y una revaluación del 35.8% entre el 19 de junio y el 31 de diciembre del mismo año. El 31 de Diciembre de 2009 cerró en $2.044, revaluándose en el 8,9%. El 31 de diciembre de 2010 terminó en $1.913,89. La TRM, como se le conoce, actualizada al 7 de Febrero de 2011 está en $1.872,01, representando una revaluación del 2,2% en lo corrido del año.
4. EL PRODUCTO INTERNO BRUTO – PIB
Es el total de bienes y servicios producidos en un país, durante un periodo de tiempo determinado. Incluye la producción generada por nacionales y extranjeros residentes en el país, y excluye la producción de nacionales residentes en el exterior.
Se anexa un documento, obtenido de la página web del Departamento Nacional de Planeación (www.dnp.gov.co), titulado “Indicadores de Coyuntura Económica”, a corte de Junio de 2010 (es la publicación más reciente), que abarca todos los indicadores macroeconómicos, incluyendo la evolución y el comportamiento del PIB. Por su relevancia, se constituye en lectura complementaria esencial.
La previsión de crecimiento de la economía colombiana, para el 2010 es del 4,5%, sin embargo la Junta Directiva del Banco de la República ha estimado que el PIB habría crecido el 4%. Y la proyección de crecimiento para el 2011 es del 4,5%.
5. LA POLÍTICA MONETARIA
Importancia del Dinero: Tanto el dinero como el crédito forman parte de la vida diaria de las personas y son un componente esencial en las economías modernas. La mayoría de los intercambios se realizan por intermedio del dinero. El dinero se emplea como patrón para comparar el valor de todas las mercancías y es la unidad de cuenta que permite medir el resultado de las diferentes actividades económicas. Además de su influencia en la vida corriente, el dinero es el canal a través del cual se relacionan las decisiones del gobierno en materia cambiaria, comercial, fiscal y financiera, y por lo tanto se constituye en una de las preocupaciones centrales de la política económica.
Funciones del Dinero: a) Medio de intercambio; b) Unidad de cuenta, y c) Depósito de valor, porque puede ser utilizado como reserva de valor para efectuar pagos en el futuro. Aparte del dinero, existen otros instrumentos que pueden servir para realizar transacciones como títulos de deuda pública (ej.: Títulos de Tesorería TES, operaciones de mercado abierto OMAs) o papeles representativos de inversiones en empresas (acciones, bonos, boceas).
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Conceptos Monetarios Básicos: El dinero es la resultante de una convención social que lleva a los integrantes de una sociedad a aceptar un bien o un activo particular como medio de intercambio y de pago de obligaciones. El dinero cumple dos características: La primera es la aceptabilidad, que es la capacidad que tiene un activo de ser recibido como forma de pago. La segunda es la liquidez, que es la posibilidad que tiene un activo de ser transformado sin demora, con facilidad y con bajo costo en un medio aceptable de pago. En Colombia la mayor aceptación la tienen los billetes y las monedas por su respaldo legal, después le siguen en aceptación los cheques de bancos.
Medios de Pago: Están conformados por la suma del efectivo en poder del público y los depósitos en cuentas corrientes que existen en una nación en una fecha determinada. También se les conoce como la oferta monetaria, por ser el dinero ofrecido a la sociedad por el Banco Central y los bancos comerciales. En Colombia, los medios de pago (M1) están conformados por el efectivo en poder del público (E) y los depósitos en cuentas corrientes en los bancos comerciales (D). Algebraicamente, esta relación se representa así:
M1 = E + D
Existen otros activos que de alguna forma pueden actuar como sustitutos del dinero y se han denominado cuasidineros. En Colombia dentro de esta categoría se encuentran los depósitos de ahorro, los certificados de depósito a término y los depósitos en unidades UVR. La suma de los medios de pago y los cuasidineros conforma un agregado monetario más amplio, que se denomina oferta monetaria ampliada, representada simbólicamente como M2.
Proceso de creación del dinero: La base monetaria o dinero primario son las emisiones monetarias que hace el Banco de la República (billetes y monedas) contrayendo obligaciones monetarias con el público y los bancos comerciales; el dinero secundario son las obligaciones monetarias que adquieren los bancos con el público. No toda la base monetaria o dinero primario (B) se encuentra en poder del público debido a que una parte está guardada como reserva bancaria (R) y la otra parte, que la conforman los billetes y depósitos restantes, que están a disposición del público, se le denomina efectivo (E), B = R + E
Creación secundaria de dinero por los Bancos Comerciales:
Ya se indicó que los medios de pago están conformados por el efectivo en poder del público y los depósitos en cuentas corrientes en los bancos comerciales. Si por ejemplo en un banco un agente económico hace un depósito en cuentas corrientes de $100, en ese momento en su contabilidad figuran en el Activo $100 como efectivo o reservas y $100 en el pasivo como depósitos en cuenta corriente. Hasta aquí no hay nueva creación de dinero. Pero si la legislación le permite al banco tener en reserva o encaje el 20% de ese tipo de depósitos y el resto colocarlo a través de préstamos a sus clientes, entonces el Banco concedería crédito por $80, que si son retirados en efectivo por el cliente, el balance del banco quedaría en Activos: $20 en efectivo y $80 en cartera
contra Pasivos depósitos en cuenta corriente $100, pero si ese dinero el banco se lo abona en cuenta corriente al cliente el balance estaría conformado, en el activo, por $100 de efectivo y $80 de cartera, contra $180 en depósitos en cuenta corriente del pasivo. Al sacarle el encaje del 20% a los nuevos $80 que entraron a cuenta corriente, el banco tendría una nueva disponibilidad para prestar de $64, que si son abonados nuevamente en cuenta corriente generan una nueva disponibilidad para crédito de $51,20 y así sucesivamente, originando de esta manera la creación secundaria de dinero, dado que los deudores harán uso del dinero del crédito para hacer pagos a otros agentes económicos quienes en parte vuelven y depositan el dinero en los bancos.
Para saber hasta qué monto pueden llegar los depósitos (D) del banco partiendo de los $100 citados en el ejemplo anterior, se relacionan las reservas (R) iníciales del banco que fueron de $100 con el coeficiente de reservas exigido (r) que es el mismo margen de encaje, así:
D = R / r
D = 100 / 0,20 = 500
Lo anterior quiere decir que si los depósitos en cuenta corriente (pasivos) llegan a $500, el monto mínimo legal que el banco debe mantener en efectivo es de $100 (activo) equivalente al 20% del encaje y $400 en crédito o cartera a cargo de sus deudores (activo). En este caso el banco habría creado $400 de medios de pago a través de créditos concedidos a sus clientes, deduciéndose que en todos los casos la creación de medios de pago es equivalente a los nuevos créditos concedidos y no al aumento en las cuentas corrientes.
El multiplicador de la Base Monetaria: Como se ha demostrado, los bancos a través de los créditos que conceden a sus clientes están creando nuevos medios de pago, pudiendo decirse que están multiplicando la base monetaria. Para determinar ese impacto, se calcula el multiplicador de la base monetaria (m), relacionando los medios de pago (M) con la base
Monetaria (B), así:
m = M / B
Pero como los medios de pago están conformados por el efectivo (E) y los depósitos en cuenta corriente (D), y la base monetaria está representada por el efectivo (E) y las reservas bancarias (R), entonces:
m = ( E + D ) / ( E + R ),
m = D / R
En el ejemplo anterior, si los depósitos finales en cuenta corriente del banco eran de $500 y las reservas eran $100, el multiplicador es 5, que significa el número de veces que el banco multiplicó la cantidad inicial puesta en circulación por el Banco de la República.
Política Monetaria: La constitución política de 1991, modificó el anterior ordenamiento monetario, siendo reglamentada mediante la Ley 31 de 1992. El Artículo 372 de la Constitución de 1991 le asignó a la Junta Directiva del Banco de la República el carácter de autoridad monetaria, cambiaria y crediticia y estableció su conformación así: El Ministro de Hacienda, el Gerente General del Banco y cinco miembros de dedicación exclusiva los cuales son nombrados por el presidente de la república por un término de cuatro años, al término de los cuales el siguiente presidente deberá cambiar a dos. De esta forma se busca que los integrantes de la Junta tengan continuidad y así puedan formular políticas que persigan metas sostenibles en el largo plazo y no metas de corto plazo, que en un momento dado pueden estar influidas por aspectos meramente políticos.
El Banco de la República ha recibido el encargo de controlar la inflación, utilizando para ello algunos de los instrumentos que están bajo su control como son: La política monetaria y crediticia (tasas de interés, venta de pasivos no monetarios y encajes) y la política cambiaria. Al controlar la inflación el Banco debe buscar armonizarla con la política económica general, de manera que se miden sus repercusiones en otras esferas de la vida económica.
En el caso de la devaluación, por ejemplo, que tiene una estrecha relación con la inflación, se manejará no solo para controlar la inflación sino también para mantener la competitividad de las exportaciones. De otro lado el Banco solo podrá otorgar crédito de liquidez a los intermediarios financieros a través de las llamadas operaciones REPO u otros mecanismos que el Banco adopte.
El objetivo central de la política monetaria, asignada al Banco de la República, es velar por el mantenimiento de la capacidad adquisitiva de la moneda en armonía con la política económica general. Un objetivo intermedio es la regulación del crecimiento de los medios de pago de manera que este se adecúe al monto de las transacciones que se realizan en toda la economía.
Para determinar esta relación, se establece el valor de las transacciones que se llevan a cabo en un periodo de tiempo, mediante el producto del número de transacciones (N) por su precio promedio (P); el valor de las transacciones necesariamente es igual a la cantidad de dinero que existe en la economía (M) multiplicada por el número de veces en que cada unidad monetaria ha cambiado de manos en ese periodo o sea su velocidad de circulación (V).
De esta forma la ecuación cuantitativa del dinero se expresa así:
P x N = M x V
Instrumentos de la Política Monetaria: Regularmente la política monetaria, para cumplir con sus objetivos, suele entrar en conflicto con otros frentes de la política económica y para mitigarlos existen diversos instrumentos, que se clasifican entre los que inciden sobre la base monetaria y los que afectan el multiplicador de los medios de pago.
Dentro de los instrumentos que inciden sobre la base monetaria están los siguientes:
Instrumentos relacionados con las reservas internacionales. La variación de las reservas es el resultado de todas las operaciones efectuadas con el exterior y como tal en su manejo intervienen tanto las políticas de comercio exterior y de financiamiento externo con el manejo monetario.
Si la política comercial es exitosa, fortaleciendo la balanza en cuenta corriente del país con el resto del mundo, puede generar aumentos de la base monetaria, salvo que sea compensada por un manejo adecuado de la política de financiamiento externo.
Cuando hay fuertes presiones del sector externo, el Banco de la República, para evitar el crecimiento de la base monetaria, puede emitir pasivos no monetarios como los certificados de cambio.
Instrumentos que tienen que ver con las variaciones en la tasa de cambio, o sea en el ritmo de la devaluación, especialmente cuando los cambios en el monto de las reservas son muy pronunciados.
Instrumentos para el manejo y control de las variaciones en el crédito otorgado por el Emisor al sector financiero, en su calidad de prestamista de última instancia. El Banco Central otorga individualmente crédito a un intermediario financiero para subsanar problemas temporales de liquidez, el cual se denomina crédito ordinario, y el crédito especial que se concede a entidades con problemas financieros de mayor magnitud. Existe otro tipo de operaciones en las que el Banco otorga crédito de manera generalizada a todos los intermediarios financieros, a través de las denominadas operaciones REPO, que consisten en una compra con pacto de reventa en la cual el Emisor anuncia a todo el sistema financiero que está dispuesto a comprar papeles financieros (emitidos por el Banco de la República a través de las OMAs o emitidos por el gobierno como los TES), por un periodo que no puede superar los siete días. Las entidades con necesidades de liquidez hacen ofertas al Emisor, precisando qué papeles y por qué montos estarían dispuestos a vender con pacto de recompra y la tasa de interés que estarían dispuestos a pagarle. El Banco asigna los recursos mediante una subasta, dándole mayores fondos a quienes ofrecen las mayores tasas.
Instrumentos para el control de los cambios en los Pasivos no Monetarios: Dentro de los diversos instrumentos con que cuenta el Emisor y que maneja con relativa autonomía, son las operaciones de mercado abierto OMA, que son colocaciones de títulos que hace el Banco en el mercado financiero para recoger efectivo del público o reservas de los bancos y así reducir la base monetaria. Dentro de los principales papeles que se han empleado están los Títulos de Participación y los Títulos Canjeables por Certificados de Cambio. Estas operaciones se han constituido en el instrumento de control más importante de la base monetaria. Los instrumentos antes descritos actúan sobre la masa monetaria, es decir sobre la creación primaria de dinero por parte del Banco de la República. Pero además de estos controles, la autoridad monetaria debe tener discreción sobre el multiplicador, para que la liquidez secundaria creada por los bancos no contrarreste los efectos del control de la base monetaria. El principal instrumento empleado para controlar el multiplicador de la base monetaria es el que tiene que ver con el coeficiente de reservas a través de los encajes, que son el porcentaje de cada tipo de captaciones que las entidades financieras deben mantener bien sea en caja o en depósitos no remunerados en el Banco de la República. Los encajes varían según el tipo de depósitos (cuentas corrientes, ahorros, CDT), según su proveniencia (públicos o privados) y según la clase de encajes (ordinarios o marginales). También puede fijar normas sobre el desencaje, para castigar faltantes de encaje a través de diversos tipos de multas y sanciones.
SISTEMA MONETARIO EN COLOMBIA
1. ORGANIZACIÓN DEL ESTADO COLOMBIANO – ORGANISMOS ESTATALES DE DIRECCIÓN Y MANEJO:
La constitución de 1991 clasifica la organización territorial y administrativa en tres niveles: El nacional, el departamental y el municipal. A escala nacional, el poder público se divide en tres ramas: La ejecutiva (Gobierno nacional y sector público descentralizado); la legislativa (Congreso de la República); y la jurisdiccional (Corte Suprema de Justicia, Corte Constitucional, Consejo de Estado, tribunales, juzgados, fiscalías).
La rama ejecutiva, que lleva a cabo las funciones administrativas, es la más compleja de todo el poder público. El gobierno central está conformado por la Presidencia de la República, los Ministerios, los Departamentos Administrativos y las Superintendencias. El sector descentralizado nacional, está integrado por los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta. A nivel regional y local existe una organización similar, distinguiéndose así entre gobiernos departamentales, distritales y municipales con sus entidades descentralizadas y empresas públicas.
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Con la promulgación y entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991, al Estado se le definen las obligaciones que asume con la sociedad en materia de seguridad social, salud, educación, vivienda, saneamiento ambiental, cultura y recreación, protección a la infancia, la juventud y la tercera edad, la formación profesional, el acceso a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, etc., y como tal esta nueva redefinición de sus funciones ha generado una presión adicional hacia la ampliación del tamaño del Estado. Este crecimiento ha conllevado a que el Estado demande cada vez mayores recursos para el cumplimiento de lo encomendado, presionando las finanzas públicas, por su nivel de gastos, a buscar nuevas fuentes de ingresos o a incrementar las existentes.
Este crecimiento del gasto del sector público de la economía puede corroborarse analizando históricamente su participación dentro del Producto Interno Bruto. Así, entre 1950 y 1954 el gasto público participaba en el 9.8% del PIB, pasando al 15.3% entre 1970 y 1974, y llegando al 18.5% entre 1985 y 1989.
El presupuesto aprobado para el 2008 fue de $124.9 Billones, equivalente a cerca del 35% del PIB proyectado, calculado en $367.5 Billones, y el aprobado para el 2009 es de $140.5 Billones, equivalente a cerca del 36.4% del PIB proyectado ($386 Billones, con un crecimiento esperado del 5%). El crecimiento del presupuesto aprobado para el 2009, es del 13.2%, sustancialmente mayor al crecimiento previsto del PIB para el mismo año, del 5%, comprometiendo cada vez, en mayor proporción, la producción agregada con el gasto público. En el mes de Enero de 2009, el Gobierno Nacional reconoce la desaceleración de la economía colombiana, reduciendo el presupuesto a $138,6 Billones, decidiendo aplazar el gasto en cerca de $2 Billones.
El presupuesto aprobado para el 2010, por el Congreso, fue de $148,3 Billones, con un crecimiento del 7% frente al 2009, proyectando que $136.5 Billones se financien con recursos de la nación y $11.8 Billones con recursos de los establecimientos públicos.
Debido a la caída en los ingresos, resultado de la reducción en el crecimiento de la economía, el Gobierno decidió recortar en $5,9 Billones el gasto y la inversión, proyectando un déficit del 4,5 % Gobierno Central, equivalente a $23,6 Billones, significando un aumento de 0,4 puntos frente al 4,1% del 2009.
El presupuesto aprobado por el Congreso de la República, mediante ley 1420 del 13 de Diciembre de 2010, estableció en $147,25 Billones el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital, y de apropiaciones para la Vigencia Fiscal del 1° de Enero al 31 de Diciembre de 2011. Sin embargo, el efecto de la ola invernal llevó al Gobierno Nacional a expedir el Decreto 145 del 21 de enero de 2011, adicionando en $5,7 Billones el PGN, quedando en $152,9 Billones.
Estructura de los ingresos corrientes del Estado: Para llevar a cabo las funciones que le han sido encomendadas, el Estado debe contar con fuentes de financiamiento adecuadas.
La primera y la más importante, que representa la solidez de las finanzas públicas de un país y de su esfuerzo fiscal, son los ingresos corrientes, que están clasificados en cinco grupos básicos:
a) Los impuestos: Son una imposición unilateral del estado, siendo obligatorio su pago por parte del contribuyente. Su objetivo es financiar aquellos servicios que por su naturaleza colectiva, deben beneficiar a toda la población.
b) Las tasas o tarifas: Representan el precio que se cobra por un servicio público, el cual guarda una relación directa con la cantidad consumida del mismo.
c) Las contribuciones: Tienen un carácter mixto. Aunque constituyen un gravamen impuesto a ciertos grupos de ciudadanos, así no lo hagan de forma voluntaria, reciben una contraprestación específica por su pago, como los aportes a la seguridad social, a los fondos de pensiones, al SENA, la construcción de obras públicas a nivel local (valorizaciones), etc.
d) Rentas contractuales y otros ingresos no tributarios, como las rentas del patrimonio estatal (regalías petroleras, etc.), los beneficios obtenidos por los monopolios estatales (licores, loterías, etc.) y por las empresas industriales y comerciales del Estado (ECOPETROL, Banco de la República, Banco Agrario, etc.). También se incluyen bajo esta categoría las multas o sanciones.
e) Las ventas de bienes y servicios producidos por las empresas públicas, que constituyen su principal fuente de financiación de sus actividades empresariales. Por su naturaleza u origen los ingresos corrientes se reclasifican en ingresos tributarios, que provienen de impuestos, y no tributarios, cuya fuente son las tasas, contribuciones, rentas contractuales, etc.
Cuando los ingresos corrientes son insuficientes para cubrir tanto los gastos ordinarios de la administración y las inversiones públicas de carácter social y productivo, vale decir cuando existe “déficit fiscal”, se recurre a otras fuentes de ingreso denominadas ingresos de capital o extraordinarios, que son el crédito interno y el crédito externo que generan compromisos financieros, por pagos de intereses y amortización de capital, los cuales pesarán sobre los ingresos corrientes en el futuro. La principal fuente de financiamiento interno son los Títulos de Tesorería TES.
2. SISTEMA MONETARIO Y AUTORIDAD MONETARIA
El Sistema Monetario está conformado por toda una estructura de decisión y ejecución para el manejo monetario. Es un sistema institucional, con cierta autonomía, que puede garantizar el orden del proceso de emisión y, en general, de creación de dinero. Así, la autoridad monetaria delinea la política para regular la cantidad de dinero en forma coordinada y racional, con fundamento en las condiciones específicas de la economía. En este contexto, se hace uso de la banca central para que sea la ejecutora de esas políticas, mediante operaciones que den lugar a la emisión controlada de billetes y monedas, así como la regulación de las operaciones crediticias de la banca comercial a través de las cuales crea dinero.
En Colombia, la Junta Directiva del Banco de la República, es la autoridad monetaria, cambiaria y crediticia del país. Le corresponde formular, de manera autónoma e independiente, la política en tales materias, ciñéndose a los lineamientos establecidos por la ley de Banca Central, expedida por el Congreso. La autonomía se entiende como, la capacidad del Banco para el libre análisis de los fenómenos monetarios, y para diseñar y aplicar la política a su cargo, sin estar condicionado a autorizaciones u orientaciones de otras instancias del Estado.
La Junta está conformada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público, que es quien la preside, y por seis (6) miembros, a saber: El Gerente General del Banco de la República y cinco miembros de dedicación exclusiva, nombrados por el Presidente de la República, por periodos de 4 años, debiendo reemplazar dos de ellos una vez se cumpla el primer periodo, mientras que los restantes pueden continuar en sus funciones, sin exceder de tres periodos consecutivos. La Junta elige el Gerente General, por un periodo de años y puede ser reelegido hasta por dos periodos adicionales.
Funciones de la Junta Directiva: La ley 31 de 1992 le asignó las siguientes facultades:
Disponer la realización de operaciones de mercado abierto, con los títulos que autorice la Junta, ya sean emitidos por el propio Banco de la República o por el gobierno, en moneda legal y extranjera y determinar las condiciones financieras para la colocación y adquisición de títulos y señalar los intermediarios para estas operaciones.
Fijar y reglamentar el encaje en las distintas clases de establecimientos de crédito.
Regular el crédito interbancario destinado a atender requerimientos transitorios de liquidez.
Señalar, cuando las circunstancias lo exijan y en forma temporal (máximo 120 días en el año), límites a las tasas de interés de los establecimientos de crédito y topes al crecimiento de sus operaciones de crédito. Con estas restricciones se asegura que sea el mercado, quien defina tales variables.
Fijar la metodología para la determinación, en moneda legal, de valores establecidos en unidades de poder adquisitivo constante (UVR).
Disponer la intervención del Banco de la República en el mercado cambiario, comprando o vendiendo divisas.
Determinar la política de manejo de la tasa de cambio, para preservar la capacidad adquisitiva de la moneda.
3. ORGANISMOS ESTATALES DE VIGILANCIA Y CONTROL FINANCIERO EN COLOMBIA
Dentro de las ramas que integran la Administración Pública Nacional, como organismos adscritos se encuentran las Superintendencias, a saber:
Superintendencia de Notariado y Registro
Superintendencia Financiera
Superintendencia De Subsidio Familiar
Superintendencia Nacional de Salud
Superintendencia de Industria y Comercio
Superintendencia de Sociedades
Superintendencia De Puertos y Transportes
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Superintendencia de Economía Solidaria
Las que ejercen funciones de vigilancia, en el sector financiero, son:
La Superintendencia Financiera (resultante de la fusión de las Superintendencias Bancaria y de Valores) y la Superintendencia de Economía Solidaria.
Las instituciones que, constitucionalmente, desarrollan funciones de control Financiero son: El Ministerio de Hacienda y Crédito Público; el Banco de la República, con su Junta Directiva, como autoridad monetaria; el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras – FOGAFIN, y el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras Cooperativas – FOGACOOP.
4. ENTIDADES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
ANTECEDENTES DEL SISTEMA FINANCIERO COLOMBIANO
Aunque desde 1886 se sentaron las bases fundamentales sobre las cuales aún hoy descansa todo el sistema de control público sobre las Entidades Financieras y sus operaciones, se requería un cambio en el ordenamiento Financiero consecuente con el ritmo de las transacciones, el desarrollo de sus actividades y el crecimiento de la economía colombiana, siendo estas las principales causas para que la administración Ospina Pérez en 1922 contratara la misión Kemmerer para organizar la estructura monetaria y bancaria del país, permitiendo la expedición de la Ley 30 del mismo año que creó el Banco de la República sobre las siguientes bases:
El Banco central es el único que puede emitir; la liquidez es el principal objetivo del sistema financiero; la Tasa de Redescuento del Banco Central es el pilar del control monetario, y el Banco central es el Banco y Agente fiscal del Gobierno.
Como iniciativa de la misión Kemmerer se dictaron las siguientes leyes que tienen que ver con el sistema Bancario:
Ley 25 de 1923 faculta al Banco de la República para realizar las funciones de emisión, giro, depósito y descuento a los Bancos accionistas del mismo y se constituye como agente fiscal del Gobierno y depositario de sus fondos. Se estableció el encaje que los Bancos comerciales debían mantener en el Banco de la República para garantizar la liquidez de aquellos. Se le dio el privilegio exclusivo de emitir billetes dentro de las normas del patrón oro, es decir, que pudiera convertir de inmediato y a su presentación los billetes que emitiera por oro. Además debería ser el guardián de las reservas internacionales y servir de prestamista de última instancia a través de operaciones de redescuento anticipado a los intermediarios financieros.
Ley 45 de 1923: Reglamenta los intermediarios financieros, regulando su actividad donde los Bancos comerciales se caracterizaban por efectuar operaciones bancarias a menos de un año, los Bancos Hipotecarios que prestaban dinero con garantía en propiedad raíz, los Bancos extranjeros y las secciones de ahorro fiduciarias de los establecimientos bancarios. Mediante esta ley se creó la Superintendencia Bancaria como organismo administrativo especializado que debía buscar la seguridad de los depositantes, reglamentar los establecimientos bancarios y vigilarlos. Igualmente esta Ley amplió el radio de acción de los Bancos permitiéndoles establecer secciones bancarias, secciones fiduciarias, de ahorros e hipotecarias; se establecen disposiciones en cuanto a encajes, reservas, etc., encaminadas a buscar la seguridad y moralidad pública y a procurar que los Bancos estén bien administrados y que inviertan adecuadamente los fondos depositados en ellos.
En 1924 se creó el Banco Agrícola Hipotecario (amparado por la Ley 45/23), para cumplir las necesidades de crédito del sector agropecuario. En 1931 se crea la Caja Agraria para satisfacer las necesidades de los pequeños agricultores que no habían sido atendidas por el Banco Agrícola Hipotecario. La estructura financiera iba generando cierta especialización entre los intermediarios ya que mientras los Bancos comerciales atendían el comercio y las necesidades de corto plazo, la Caja Agraria atendía el sector agropecuario. Esta institución fue liquidada en 1.999, dando paso al Banco Agrario de Colombia.
El financiamiento de ciertas actividades prioritarias también lo haría el Banco de la República a través de los fondos de redescuento, los cuales se abrieron para aumentar la provisión de recursos de fomento en favor de aquellas actividades. Es así como en 1973 se estableció el Fondo Financiero Agropecuario, que reemplazaría al Fondo Financiero Agrario el cual operaba desde 1966 y cuyo destino específico era el de atender créditos de corto plazo para capital de trabajo y agricultura comercial principalmente. Su promulgación a través de la Ley 5a. fue llamada la ley orgánica de financiación del sector agropecuario, con el objeto de estimular la capitalización del agro y elevar la eficiencia en el uso de los recursos e incrementar la producción. Esta Ley fue derogada por la Ley 16 de 1990 que crea el Fondo Para el Financiamiento del Sector Agropecuario – FINAGRO.
Durante la administración Pastrana Borrero en 1972 se creó el sistema UPAC con el propósito de captar el ahorro nacional y transferirlo a las actividades relacionadas con la construcción, dentro del esquema del Valor Constante que ofrece mantener el poder adquisitivo de la moneda, ajustado de acuerdo a las tasas de inflación.
Una última reforma al sistema financiero se produce con la Ley 45 de 19902, cuyas normas se dirigen a la intermediación financiera regulando además la participación en sociedades fiduciarias, de arrendamiento financiero o leasing, comisionistas de bolsa, almacenes generales de depósito y sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías. Igualmente facultaba a la ya desaparecida Junta Monetaria para fijar límites al volumen de las operaciones activas de crédito que las instituciones financieras pueden realizar, directa o indirectamente, con cualquier persona natural o jurídica, o con grupos o categorías de personas señalando la aplicación de las normas sobre los límites a intereses a cobrar, tanto corrientes como moratorios en sus diferentes modalidades.
Mediante la Ley 35 de 1993, se complementa a la anterior para regular la actividad financiera enmarcando la intervención estatal básicamente en que estas se hallen en concordancia con el interés público; que las entidades cuenten con niveles de patrimonio adecuado; que se permita una democratización del crédito, para que las personas no puedan obtener, directa o indirectamente, acceso ilimitado al crédito de cada institución y evitar la excesiva concentración del riesgo y que el sistema financiero tenga un marco regulatorio en el cual cada tipo de institución pueda competir con las demás bajo condiciones de equidad y equilibrio de acuerdo con la naturaleza propia de sus operaciones. También se incluyen normas sobre Titularización.
Dentro de esta misma Ley en su artículo 6o. indica la orientación de los recursos financieros, facultando al Gobierno Nacional para determinar cuantía o proporción mínima de los recursos, que en la forma de préstamos o inversiones, deberán destinar los establecimientos de crédito a los diferentes sectores o actividades económicas, cuando existan fallas de mercado o con el propósito de democratizar el crédito.
Más recientemente, se han expedido las siguientes normas:
- Ley 454 de Agosto 6 de 1998: “Por la cual se determina el marco conceptual que regula la economía solidaria, se transforma el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas en el Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, se crea la Superintendencia de la Economía Solidaria, se crea el Fondo de Garantías para las Cooperativas Financieras y de Ahorro y Crédito, se dictan normas sobre la actividad financiera de las entidades de naturaleza cooperativa y se expiden otras disposiciones”.
- Ley 510 de Agosto 3 de 1999: “Por la cual se dictan disposiciones en relación con el sistema financiero y asegurador, el mercado público de valores, las Superintendencias Bancaria y de Valores y se conceden unas facultades”.
- Ley 546 de Diciembre 23 de 1999: “Por la cual se dictan normas en materia de vivienda, se señalan los objetivos y criterios generales a los cuales debe sujetarse el Gobierno Nacional para regular un sistema especializado para su financiación, se crean instrumentos de ahorro destinado a dicha financiación, se dictan medidas relacionadas con los impuestos y otros costos vinculados a la construcción y negociación de vivienda y se expiden otras disposiciones.
- Ley 964 de julio 8 de 2005: “Por la cual se dictan normas generales y se señalan en ellas los objetivos y criterios a los cuales debe sujetarse el Gobierno Nacional para regular las actividades de manejo, aprovechamiento e inversión de recursos captados del público que se efectúen mediante valores y se dictan otras disposiciones”.
- Decreto 4327 de noviembre 25 de 2005: “Por el cual se fusiona la Superintendencia Bancaria de Colombia en la Superintendencia de Valores y se modifica su estructura”.
- La más reciente Ley es la 1328 de Julio 15 de 2009, sobre Reforma Financiera en Colombia, “Por la cual se dictan normas en materia financiera, de seguros, del mercado de valores y otras disposiciones”.
EL SECTOR FINANCIERO EN COLOMBIA: INTERMEDIARIOS
La intermediación Financiera es un factor esencial para el funcionamiento de cualquier estructura económica. Las entidades financieras captan depósitos del público a unas tasas de interés, llamadas pasivas, y los colocan a los diferentes agentes económicos, personas naturales o jurídicas, a unas tasas de interés, llamadas activas. En Colombia el sistema financiero ha jugado un importante papel en su desarrollo económico, aunque no ha podido responder en su totalidad a las necesidades de financiación que el país ha requerido en su desarrollo.
La actividad bancaria se considera un servicio público que el Estado ha delegado al sector privado, aunque con el control y vigilancia de diferentes organismos como la Superintendencia Bancaria y el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, FOGAFIN, entre otros.
La actividad financiera, clasificada dentro del sector Terciario o Sector Servicios de la economía, se ha venido diversificando de acuerdo con la evolución de los diferentes sectores económicos, en especial ahora dentro del contexto de la globalización de la economía.
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DEL SISTEMA FINANCIERO EN COLOMBIA
ESTRUCTURA GENERAL
El sistema financiero y asegurador se encuentra conformado de la siguiente manera:
A. Establecimientos de crédito.
B. Sociedades de servicios financieros.
C. Sociedades de Capitalización.
D. Entidades aseguradoras.
E. Intermediarios de Seguros y Reaseguros.
A. ESTABLECIMIENTOS DE CRÉDITO.
Son las instituciones financieras cuya función principal consiste en captar en moneda legal recursos del público en depósitos, a la vista o SUPERINTENDENCIA BANCARIA. Término, para colocarlos nuevamente a través de préstamos, descuentos, anticipos u otras operaciones activas de crédito.
A este grupo pertenecen las siguientes clases de instituciones financieras: Establecimientos Bancarios, Corporaciones Financieras, Corporaciones de Ahorro y Vivienda, Compañías de Financiamiento Comercial y Cooperativas Financieras.
A.1 ESTABLECIMIENTOS BANCARIOS.
Son las instituciones financieras que tienen por función principal la captación de recursos en cuenta corriente bancaria, así como de otros depósitos a la vista o a término, con el objeto primordial de realizar operaciones activas de crédito. Aquí se ubican los Bancos Comerciales y los Bancos Hipotecarios, con sus secciones: Bancaria, de Ahorros y Comercial.
A.2 CORPORACIONES FINANCIERAS.
Son aquellas instituciones que tienen por función principal la captación de recursos a término, a través de depósitos o de instrumentos de deuda a plazo, con el fin de realizar operaciones activas de crédito y efectuar inversiones, con el objeto primordial de fomentar o promover la creación, reorganización, fusión, transformación y expansión de empresas en los sectores que establezcan las normas que regulan su actividad.
A.3 CORPORACIONES DE AHORRO Y VIVIENDA.
Son instituciones que tienen como finalidad promover el ahorro privado, que es captado a través de cuentas de ahorro de valor constante, certificados de valor constante y depósitos ordinarios, para realizar primordialmente operaciones activas de crédito hipotecario a largo plazo.
Son instituciones que tienen por función principal captar recursos mediante depósitos a término, con el objeto primordial de realizar operaciones activas de crédito para facilitar la comercialización de bienes y servicios. Las compañías de financiamiento comercial especializadas en leasing tendrán como objeto primordial realizar operaciones de arrendamiento financiero o leasing.
A.5 COOPERATIVAS FINANCIERAS.
Son Cooperativas Financieras los organismos cooperativos especializados, cuya función principal consiste en adelantar actividad financiera, su naturaleza jurídica se rige por la Ley 79 de 1988; las operaciones que las mismas realicen se regirán la Ley 510 de 1999, en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y las demás normas que le sean aplicables. También son instituciones financieras los organismos cooperativos de grado superior de carácter financiero, existentes a la expedición de la ley, cuya función consiste en la captación de recursos del público y la realización primordial de operaciones activas de crédito de acuerdo con el régimen legal que regula su actividad.
B. SOCIEDADES DE SERVICIOS FINANCIEROS
Se clasifican como sociedades de servicios financieros las Sociedades Fiduciarias, los Almacenes Generales de Depósito, y las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía, las cuales tienen por función la realización de las operaciones previstas en el régimen legal que regula su actividad.
C. SOCIEDADES DE CAPITALIZACIÓN
Son entidades financieras que tienen por objeto estimular el ahorro mediante la constitución, en cualquier forma, de capitales determinados, a cambio de desembolsos únicos o periódicos, con posibilidad o sin ella de reembolsos anticipados por medio de sorteos.
D. ENTIDADES ASEGURADORAS
Son entidades aseguradoras las compañías y cooperativas de seguros y las de reaseguros. Su función es la realización de operaciones de seguros, bajo las modalidades y los ramos facultados expresamente, aparte de aquellas previstas en la ley con carácter especial. Son intermediarios de seguros los corredores, las agencias y los agentes, cuya función consiste en la realización de las actividades exclusivas de ofrecer seguros, promover su celebración y obtener su renovación a título de intermediarios entre el asegurado y el asegurador.
Son intermediarios de reaseguros los corredores de reaseguros que tienen como objeto social exclusivo el ofrecimiento del contrato de reaseguro y la promoción para su celebración o renovación a título de intermediario entre las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
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